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Ayudas Sociales DAS

El Departamento de Acción Social (DAS) tiene por objeto administrar y cautelar el Fondo de Solidaridad Gremial y el Fondo de Acción Social y Bienestar.

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El DAS otorga beneficios a aquellos colegiados que estén al día en sus cuotas gremiales. Estas garantías se pueden solicitar después de 6 meses de incorporación o pasados 3 meses desde una reafiliación al Colegio.

Contacto

Natalia Ramírez 
+56 9 9240 8047

asistente@colegiodentistas.cl

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Luis Vargas
+56 9 8499 7736

asistente.colegiados@colegiodentistas.cl

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Colegiados
+56 226 759 330/ +56 9 54110649
 colegiados@colegiodentistas.cl

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Horario de atención


Lunes a jueves: 9:00 a 18:00 horas.
Viernes: 9:00 a 16:30 horas

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Bono de natalidad

Los colegiados/as podrán impetrar este beneficio por nacimiento de un hijo/a o por adopción de un niño/a no mayor de 7 años.

 

Los colegiados/as que soliciten este beneficio deberán presentar el certificado de nacimiento o adopción y llenar la solicitud correspondiente en su respectivo Consejo Regional (o en el DAS en el caso de Santiago), dentro de los 90 días siguientes al nacimiento o adopción. Siendo ambos padres o adoptantes colegiados/as, el beneficio se pagará doble. Tiempo mínimo de afiliación 6 meses.

 

Este beneficio tiene un valor equivalente a $ 100.000.

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Bono de matrimonio

Podrán recibir este beneficio, quienes estando al día en sus cuotas, presenten el correspondiente certificado de matrimonio junto al Formulario de Solicitud firmado por el respectivo Consejo Regional (o en el DAS en Santiago).

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El plazo para presentar la documentación, es de  90 días desde efectuada la ceremonia. Si ambos cónyuges son miembros del Colegio, el beneficio se pagará de manera individual por cada uno.

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Este beneficio tiene un valor equivalente a $ 100.000.

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Acuerdo de Unión Civil

Colegiados/as que estén con sus cuotas al día y presenten el certificado de Acuerdo de Unión Civil (AUC), podrán recibir igual beneficio al que se otorga a quienes presenten certificado de matrimonio.

 

De igual forma, si este acuerdo es realizado entre colegiados/as, ambos/as recibirán el beneficio, equivalente a $100.000-

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Cuota de auxilio por fallecimiento

Se entrega a las personas indicadas por el colegiado/a en la designación de beneficiarios, mediante el seguro de vida actualmente con la compañía de seguros Metlife.

 

De no existir designación de beneficiarios firmada por el colegiado, Sura pedirá posesión efectiva para realizar el pago a los herederos de acuerdo a dicho documento.

 

El monto de este beneficio es de 30 UF.

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Ayuda económica no reintegrable

Ocasional o temporal, de libre disposición, por incapacidad física o mental del colegiado/a por un valor de $152.000.- mensuales. Se concederá por períodos de hasta 6 meses renovables, sólo hasta completar 18 meses como máximo y sobre la base de un informe social que previamente conocerá el Consejo de Administración DAS.

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En casos calificados, el DAS podrá otorgar en un solo acto la totalidad de esta ayuda correspondiente a 6 meses (valor igual a $912.000.-).​

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Este beneficio deja exento de pago de cuotas al DAS por el período de la ayuda, siendo el mismo departamento el que asumirá por ese lapso de tiempo el costo de sus cuotas (con cargo al Fondo de Solidaridad Gremial).

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El solicitante debe haber estado colegiado y cumpliendo de forma continua con el pago de las cuotas gremiales, por un periodo igual o superior a 5 años contados desde el día de su incorporación

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Bono de Salud Compensatorio

En el caso de aquellos/as colegiados/as que hayan sido excluidos del Seguro Complementario de Salud, el DAS entrega un bono equivalente a $100.000. 

 

Este beneficio será cancelado una vez al año.

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Otros beneficios

  • Ayuda excepcional a colegiados/as en caso de catástrofes. Una sola cuota según consejo nacional.

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  • Ayuda de hasta un 50% del bono por fallecimiento, solicitado en situaciones especiales y debidamente respaldadas por el informe social.

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